File:Andres Matos Sena.jpg

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REFORMA CONSTITUCIONAL Y EDUCACIÓN ANDRES MATOS SENA. La reforma constitucional estimulada por el Sr. Presidente de la República deberá contemplar como asunto primario y medular la educación. Resulta que en nuestra constitución no están recogidas las conquistas asumidas por la declaración universal de los derechos humanos, de la cual es signatario el país. la actual constitución no está taxativamente aclarado lo concerniente a la libertad de enseñanza, la no discriminación y el libre albedrío de elegir los estudios que sean del interés del estudiante o participante. Es el art. 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (en sus 3 acápites) quien consagra este derecho inalienable. Es lógico entender que primero deberá definirse el contenido de la educación dominicana promovido en las escuelas país, que se fundamentará en los principios del ecumenismo y el sincretismo cultural que son fundamentales en la formación de nuestra identidad nacional. La Ley de Educación (66-97) es un rosario de poemas sobre los alcances de la educación nacido de del frenesí antibalaguerista. Todos se juntaron para producir una ley plagada de vicios de inconstitucionalidad. Todos querían una ley que llevara al gobierno a claudicar ante reclamos hechos por un magisterio que no termina de examinar su propio accionar y su desempeño a cuentagotas.

El alcance social de la educación dominicana esta ausente en la constitución cuando nada dice sobre la responsabilidad del Estado y la sociedad general sobre el acceso a los medios de educación. De ahí que no puede de nuevo escaparse este aspecto en nuestra Carta Magna.
Date 16 December 2006 (according to Exif data)
Source No machine-readable source provided. Own work assumed (based on copyright claims).
Author No machine-readable author provided. Francisgp assumed (based on copyright claims).

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current13:41, 28 February 2007Thumbnail for version as of 13:41, 28 February 20072,100 × 1,500 (1.23 MB)Francisgp (talk | contribs)REFORMA CONSTITUCIONAL Y EDUCACIÓN ANDRES MATOS SENA. La reforma constitucional estimulada por el Sr. Presidente de la República deberá contemplar como asunto primario y medular la educación. Resulta que en nuestra constitución no están recogidas

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